
La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) moderniza y simplifica el proceso de cobranza de premios
29/08/2024
Mediante la Resolución 406/2024, publicada el 26 de agosto, se modifica el régimen establecido por la Resolución 28.268/2001, eliminando el registro de Agentes de Cobranza. A partir de ahora, la autorización de la SSN será sustituida por la inscripción en el Registro de Proveedores de Servicios de Pago (PSP) del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
Con esta medida, se evita la doble regulación y se confía en las entidades autorizadas por el BCRA como ente regulador. Las aseguradoras deberán informar y mantener actualizada la lista de sus operadores autorizados. Además, las PSP que trabajen con aseguradoras seguirán obligadas a proporcionar a la SSN cualquier documentación o información solicitada.
La Resolución entra en vigencia a partir de su publicación, y las aseguradoras tendrán un plazo máximo de 180 días corridos para adaptarse a las nuevas disposiciones.
La SSN demuestra un firme compromiso con la modernización y la transparencia en el sector asegurador. Estas mejoras en los procesos regulatorios contribuirán al desarrollo de un entorno más dinámico, fortaleciendo el buen funcionamiento y la estabilidad del mercado asegurador.



La SSN refuerza la obligación del "botón de baja" y la información al asegurado en canales digitales
El principal cambio de la norma, emitida por la Superintendencia de Seguros de la Nación, es que las aseguradoras deberán incluir en sus páginas web y aplicaciones móviles una opción para que el cliente solicite la baja de su póliza.


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SEGURO OBLIGATORIO AUTOMOTOR - Decreto 1716/08 (Reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial Nº 263