Nuevos plazos para la presentación de información sobre juicios y mediaciones

SINTESIS: RESOL-2025-260-APN-SSN#MEC Fecha: 09/05/2025

12/05/2025MARCIA  LUNAMARCIA LUNA
SSN-TH-N
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Visto el EX-2025-07844470- -APN-GA#SSN ...Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el punto 39.6.4. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN Nº 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014), por el siguiente:

“39.6.4. Sistema Informativo de Juicios y Mediaciones.

Las entidades aseguradoras deben suministrar la información de juicios y mediaciones de acuerdo a las especificaciones dadas en el “Anexo del punto 39.6.4. - Sistema Informativo de Juicios y Mediaciones”.

La información debe enviarse trimestralmente y se establece como fecha límite de presentación DIEZ (10) días posteriores al plazo fijado para la presentación de los estados contables.”.

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyase el “Anexo del punto 39.6.4. - Sistema Informativo de Juicios y Mediaciones” del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN Nº 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014) por el obrante en IF-2025-40049770-APN-GEYE#SSN.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.

Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en https://kronos.ssn.gob.ar/ o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

Ramon Luis Conde, A cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.

e. 12/05/2025 N° 30551/25 v. 12/05/2025

 
Fecha de publicación 12/05/2025

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FINISTERRE - AL BORDE DEL FINAL

MARCIA LUNA
12/05/2025

Referencia: EX-2025-30637338-APN-GA#SSN - ASEGURADORA DEL FINISTERRE COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. - CONCEDE RECURSO DE APELACIÓN ARTÍCULO 83 LEY N° 20.091 SIGUE SIENDO MALA NOTICIA .