
NUEVO DERECHO DE RÚBRICA
SINTESIS: RESOL-2024-109-APN-SSN#MEC Fecha: 05/03/2024 Visto el EX-2019-15136498-APN-GA#SSN...Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: Déjese sin efecto el artículo 3º de la Resolución RESOL-2019-319-APN-SSN#MHA de fecha 9 de abril. Sustitúyase el texto del artículo 2º de la Resolución RESOL-2019-319-APN-SSN#MHA de fecha 9 de abril, por el siguiente:
Actualidad10/03/2024
MARCIA LUNA
“Fíjese el derecho de rúbrica a abonar en:
a) PESOS UN MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO ($ 1.224,00) por cada uno de los Registros de Operaciones de Seguros bajo la modalidad papel.
b) PESOS UN MIL VEINTE ($ 1.020,00) para acceder a la registración de hasta CINCO MIL CIEN (5.100) operaciones de seguros a través del Sistema de Rubrica Digital.”.
Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.
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MARCIA LUNA
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MARCIA LUNA
Actualidad18/10/2025En suma: la SSN concedió el recurso, pero mantiene su posición de que los fundamentos de RUS son inadmisibles para derribar la sanción. La última palabra, ahora, la tendrá la Justicia Comercial.