MENDOZA : Proponen eliminar la presentación del comprobante de pago del seguro en los controles vehiculares

SEGURO OBLIGATORIO AUTOMOTOR - Decreto 1716/08 (Reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial Nº 263

14/08/2025MARCIA  LUNAMARCIA LUNA
policia

El diputado provincial Mauro Giambastiani (Bloque Mejor Mendoza) presentó un proyecto de ley que busca modificar la normativa vigente en Mendoza para eliminar la obligación de presentar el comprobante de pago del seguro automotor en los controles vehiculares. La propuesta apunta a simplificar los requisitos para circular y a unificar criterios con la legislación nacional, que actualmente reconoce como válido únicamente el certificado de libre deuda emitido por la aseguradora. Giambastiani explicó a Diario San Rafael y FM Vos 94.5 que la Ley 9.024 “quedó desactualizada” ya que “donde se exigía queno solo tenías que mostrar que el certificado de seguro era vigente, sino que tenías que llevar el comprobante de pago”. Según el legislador, esta disposición tenía sentido “en su época, cuando lo pagabas por Rapipago o Pago Fácil en efectivo y tenías que llevar el comprobante”, pero hoy resulta obsoleta porque las aseguradoras “emiten un certificado libre deuda” o un “certificado de póliza vigente” que acredita la cobertura. El diputado señaló que la diferencia entre la legislación provincial y la nacional “termina convirtiéndose en lo que yo digo, cazabobos, para después estar haciendo sanciones injustificadas contra la visitante de la provincia”. Advirtió además que la ley mendocina incluso habilita a los inspectores a “pedirte el comprobante de débito de tu cuenta bancaria, una cuestión que es bastante invasiva”. En su propuesta, Giambastiani sostiene que “si todo el país te deja circular con un certificado libre deuda; con ese libre deuda tendríamos que poder circular tranquilamente”. Actualmente, en Mendoza un oficial todavía podría exigir, además del certificado de vigencia, “el extracto bancario de donde se hace ese débito”, lo que para el legislador constituye “un requisito extraordinario, innecesario” debido a que lo único que termina siendo: “sanciones injustificadas y recaudatorias”. El proyecto, que fue presentado hace pocos días, ya tiene estado parlamentario y cuenta con el acompañamiento del presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Franco Ambrosini, quien es coautor de la iniciativa. “Esperamos que prontamente nos reciban para poder comenzar. Es bastante sencillo, una modificación muy sencilla, pero creo que simplifica, así que ojalá que sea lo antes posible”, sostuvo. Giambastiani afirmó que las multas por no presentar el comprobante de pago se siguen labrando en la provincia y que esta exigencia es reconocida por los propios productores de seguros. “La figura que hoy en día se exige nacionalmente para circular es el libre deuda que te lo emite tu productor o tu aplicación, eso es muy sencillo”, indicó. Finalmente, recordó que Mendoza ya atravesó situacionessimilares con otros requisitos que no estaban alineados con la ley nacional, como la obligación de portar licencia física pese a la existencia de la versión digital o la prohibición de circular con luces diurnas DRL, hoy permitidas. “Son todas pequeñas modificaciones que Mendoza fue actualizando justamente para simplificar. Yo creo que ese paso de seguro es uno más y muy necesario”, concluyó.

En que quedamos?

La posesión de este comprobante obligatorio será prueba suficiente del seguro obligatorio de automotores exigido por el art. 68 de la ley 24.449. Conforme al Art.2 de la Disp.Nº 70/2009 AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, la falta de portación del recibo de pago de la prima del seguro obligatorio por parate del conductor del vehículo no podrá ser aducida por la auto de constatación para determinar el incumplimiento de los requisitos para la circulación.

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