MULTA A LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA.

“Las exclusiones aplicadas no se corresponden con las contempladas para la cobertura Robo y/o Hurto Total”. Ante ello, la compañía adujo que “independientemente de la mecánica del hecho, el conductor del automóvil no se hallaba habilitado para hacerlo en tal carácter” expresó la Gerencia Técnica y Normativa de la SSN.

General12/11/2022MARCIA  LUNAMARCIA LUNA
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La SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN dictó la Resolución 641/2022 de Fecha 06/09/2022 y publicada hoy en el Boletín Oficial mediante la cual resolvió aplicar a LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA una MULTA por la suma de PESOS UN MILLÓN SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA CON 58/100 ($1.078.790,58.-), en los términos del Artículo 58 inciso c) de la Ley Nº 20.091.

Recordamos que el mencionado artículo dice lo siguiente: "Cuando un asegurador infrinja las disposiciones de esta ley o las reglamentaciones previstas en ella o no cumpla con las medidas dispuestas en su consecuencia por la autoridad del control, y de ello resulte el ejercicio anormal de la actividad aseguradora o una disminución de la capacidad económico-financiera del asegurador o un obstáculo real a la fiscalización, será pasible de las siguientes sanciones, que se graduarán razonablemente según la conducta del asegurador, la gravedad y la reincidencia":

a) Llamado de atención

b) Apercibimiento

c) Multa.

LA NUEVA rechazó un siniestro de robo  porque el conductor no tenía registro de remis .

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